Denuncia de Angel

A LA FISCALIA PROVINCIAL DE MADRID D. Angel, Madrid por el presente , actuando en mi nombre propio. DICE Que por medio del presente escrito y los documentos que se acompañan, se presentan en MI nombre propio a la DENUNCIA por los presuntos hechos delictivos que acontinuación se detallan, con la solicitud expresa que se considere esta denuncia también, a la denuncia presentada el pasado 27 de Enero de 2011 ante la Fiscalía General del Estado, y a la que se ha dado traslado a la Fiscalía Provincial de Madrid. HECHOS Se abren diligencias de investigación por la fiscalia provincial de Madrid ,al no tener documentos del historial médico del parto de mi madre, ni legajo de aborto, y ni tener una fecha exacta, los archiveros me aseguraron que en el año 67 no aparece nada de mi hermano. Por parte de la fiscal sin investigar me archiva la denuncia, n.º 64/2011 el día 2 de abril de 2012 . Y es por la oficina de posible sustración de recién nacido del Ministerio de Justicia consiguió toda la documentación con la misma información que dí a los archiveros y a la oficina. LOS HECHOS CONCRETOS de mi caso son los siguientes: 1º Mi madre Francisca tuvo un niño según se señala en los documentos que se aportan el dia 22/23 de septiembre de 1967 , no está claro porque se superponen las dos fechas una encima de la otra. Nació en la Maternidad la Casa de la Madre situada en la calle Goya 120 , en la actualidad es un geriátrico público de la CAM. 2º Mi madre Francisca Hernández de la Casa asiste a la consulta el día 15/IX/1967 en la Casa de La Madre (AUXILIO SOCIAL) con el número de consulta  54530 .Tuvo 13 Partos Normales como se especifica en la ficha del historial clínico, en el Diagnóstico se presenta VDAmFr Posición Abdomen Péndulo, pelvimetria 27-29.34-22 y edad del embarazo parece ser que es de 8 meses y medio.   En las anotaciones sobre el embarazo actual pone que los primeros movimientos fetales era a los 4 meses , (EN ESTE CASO el diagnóstico de la presentación y posición especifica VIAcum, Fonendo no se oye por ABDOMEN PENDULO) tiene una presión arterial de 14 /6 . En el historial del embarazo actual en el estudio que le hicieron el dia 15/09/67  gest 8 a 8/5 VDAemFV, TA 14/7.7,5 alli (-) abdomen pendulo. DATOS RELACIONADOS CON EL PARTO Diagnóstico y presentación VIA , los primeros dolores aparecen a las 16horas del dia 22/09/67 no especifica si rompio la bolsa y ni la dilatación del cuello luego en la Expulsión del feto pone a la 22:45 h del dia 22/09/67 en color azul y luego sale corregido y pone 0:15 horas del dia 23/09/67 . (hasta el propio ayuntamiento no se aclara si fue el 22 o 23) No hay rasgadura del perine,  y estuvo dilatando como 8 horas (increible para un parto que pudiera ser complicado por todo el diagnóstico médico, que la dejaran tanto tiempo si asistencia médica, como dijera mi madre cuando recordaba el parto de mi madre, que les pedía una y otra vez que la atendieran que estaba dando a luz, hasta que A LA FISCALIA PROVINCIAL DE MADRID D. Angel Casero Hernández mayor de esdad , con NIF 51399066T y domicilio en la avenida de guadalajara numero 34 portal C escalera B , 2 C , Madrid por el presente , actuando en mi nombre propio. DICE Que por medio del presente escrito y los documentos que se acompañan, se presentan en MI nombre propio a la DENUNCIA por los presuntos hechos delictivos que acontinuación se detallan, con la solicitud expresa que se considere esta denuncia también, a la denuncia presentada el pasado 27 de Enero de 2011 ante la Fiscalía General del Estado, y a la que se ha dado traslado a la Fiscalía Provincial de Madrid. HECHOS Se abren diligencias de investigación por la fiscalia provincial de Madrid ,al no tener documentos del historial médico del parto de mi madre, ni legajo de aborto, y ni tener una fecha exacta, los archiveros me aseguraron que en el año 67 no aparece nada de mi hermano. Por parte de la fiscal sin investigar me archiva la denuncia, n.º 64/2011 el día 2 de abril de 2012 . Y es por la oficina de posible sustración de recién nacido del Ministerio de Justicia consiguió toda la documentación con la misma información que dí a los archiveros y a la oficina. LOS HECHOS CONCRETOS de mi caso son los siguientes: 1º Mi madre Francisca tuvo un niño según se señala en los documentos que se aportan el dia 22/23 de septiembre de 1967 , no está claro porque se superponen las dos fechas una encima de la otra. Nació en la Maternidad la Casa de la Madre situada en la calle Goya 120 , en la actualidad es un geriátrico público de la CAM. 2º Mi madre Francisca Hernández de la Casa asiste a la consulta el día 15/IX/1967 en la Casa de La Madre (AUXILIO SOCIAL) con el número de consulta 54530 .Tuvo 13 Partos Normales como se especifica en la ficha del historial clínico, en el Diagnóstico se presenta VDAmFr Posición Abdomen Péndulo, pelvimetria 27-29.34-22 y edad del embarazo parece ser que es de 8 meses y medio. En las anotaciones sobre el embarazo actual pone que los primeros movimientos fetales era a los 4 meses , (EN ESTE CASO el diagnóstico de la presentación y posición especifica VIAcum, Fonendo no se oye por ABDOMEN PENDULO) tiene una presión arterial de 14 /6 . En el historial del embarazo actual en el estudio que le hicieron el dia 15/09/67 gest 8 a 8/5 VDAemFV, TA 14/7.7,5 alli (-) abdomen pendulo. DATOS RELACIONADOS CON EL PARTO Diagnóstico y presentación VIA , los primeros dolores aparecen a las 16horas del dia 22/09/67 no especifica si rompio la bolsa y ni la dilatación del cuello luego en la Expulsión del feto pone a la 22:45 h del dia 22/09/67 en color azul y luego sale corregido y pone 0:15 horas del dia 23/09/67 . (hasta el propio ayuntamiento no se aclara si fue el 22 o 23) No hay rasgadura del perine, y estuvo dilatando como 8 horas (increible para un parto que pudiera ser complicado por todo el diagnóstico médico, que la dejaran tanto tiempo si asistencia médica, como dijera mi madre cuando recordaba el parto de mi madre, que les pedía una y otra vez que la atendieran que estaba dando a luz, hasta que vino una monja y le puso una mascara hasta dejarla dormida lo justo para dar a luz, en los documentos 
aparece el goteo de trilene, cosa que es imposible porque el trilene es una droga  en forma de gas  
anestésica que se aplica con mascara de oxigeno, en esa época era muy común para usarla en 
obstreticia , y a tonta a la madres que van a dar a luz para que no tenga dolores en el parto. Estos 
documentos están rellenados por diferentes personas y no tiene sentido . 
Mi madre se despertó cuando ya había dado a luz y nunca vió a su hijo, porque nunca se lo enseñaron 
ni vivo ni muerto. 
ALUMBRAMIENTO : Expontaneo 5 
ASISTIDO AL PARTO POR  INMA ALONSO  y DOCTOR del RIO 
FETO  es un Varon  muerto                                            
PESO  4690 gramos 
LONGITUD 53 cm 
inserción del cordón Lateral y particularidades Integras ; lo del cordon lateral me he estado 
informando de que por algún lado del cordón hay un estrechamiento y podría impedir el flujo 
sanguineo mi madre hacía su bebé.  Normalmente cuando esto sucede debe acudir un cirujano y no 
un pediatra como es el doctor del Rio como indique en la documentación, creo que doctor del Rio 
que allí trabajaba era ANGEL MARIA DE PABLO DEL RIO GANUAZA por otro caso que atendió 
a Felisa en la misma maternidad.  LA MATRONA en estos casos debe hacer lo posible para anular 
ese estrechamiento hasta que viniera el cirujano , NO HICIERON NADA DE ESO. 
Particularidades del parto : ingresa a las 20:30 horas  (TV) Dr del Rio 2 ptos SES . F. no se aprecian 
latidos por el volumen 23:30 horas c. demo III no se oye . A las  0:15 expulsa un varon muerto , y se 
inicia goteo sitocinon. No sangra. 
Mi madre no ingresa a las 20:30 ingresa a las 16:00 
¿que hicieron por ayudar a mi madre ? ¿porqué tardaron tanto tiempo en atenderla? Y lo de 
las horas no coincide porque desde las cuatro de la tarde hasta la 00:15 son 8 horas que la 
tuvieron dilatando. 
¿por qué no le pusieron antes el sitocinon que es una hormona que favorece el parto y resta 
dolor. 
¿Porqué duermen a mi madre , si ha tenido un parto espontaneo sin la necesidad de un cirujano? 
Cuestionario para la Declaración al Registro Civil de alumbramiento de criaturas abortivas 
En la parte del facultativo que asistio al aborto pone que es un tal Don JOSE LUIS PÉREZ DE 
RUEDA , LICENCIADO EN MEDICINA Y CIRUGIA colegiado 13630 y domicilio Dr esquerdo 
número 24 está escrito con otra letra distinta y además no es el Dr del Rio que es quien dice que 
atiende el parto en el parte medico . Algo extraño . EL DOCTOR DEL RIO QUE PUDIERA SER Presuntamente , ANGEL MARÍA DE PABLO DEL RIO GANUAZA según las noticias que tengo por otros casos, es 
pediatra, no es ni ginécólogo, y ni cirujano. Y tampoco está colegiado en el colegio de médicos de Madrid. 
Y la parte de la licencia de enterramiento no está rellenado, y no está firmado por el juez encargado del registro civil .  Creo que es imprescindible que un juez firme la inhumación de cualquier fallecido. 
En el certificado dice el cirujano  que atendió personalmente a mi madre , porque mi hermano nació con circulares de cordon , no se le hizo rasgadura del periné, y tampoco dice que le hiciera la cesárea. 
TODO MUY ESTRAÑO . 
En la parte del cementerio tiene dos facturas diferentes en una el pago es de 125 pesetas y le entierran en la sepùltura 3 ª , que esta sepultura pertenece a lo privado  fechada el día 23 de septiembre de 1967  vino una monja y le puso una mascara hasta dejarla dormida lo justo para dar a luz, en los documentos 
aparece el goteo de trilene, cosa que es imposible porque el trilene es una droga  en forma de gas  
anestésica que se aplica con mascara de oxigeno, en esa época era muy común para usarla en 
obstreticia , y a tonta a la madres que van a dar a luz para que no tenga dolores en el parto. Estos 
documentos están rellenados por diferentes personas y no tiene sentido . 
Mi madre se despertó cuando ya había dado a luz y nunca vió a su hijo, porque nunca se lo enseñaron 
ni vivo ni muerto. 
ALUMBRAMIENTO : Expontaneo 5 
ASISTIDO AL PARTO POR  INMA ALONSO  y DOCTOR del RIO 
FETO  es un Varon  muerto                                            
PESO  4690 gramos 
LONGITUD 53 cm 
inserción del cordón Lateral y particularidades Integras ; lo del cordon lateral me he estado 
informando de que por algún lado del cordón hay un estrechamiento y podría impedir el flujo 
sanguineo mi madre hacía su bebé.  Normalmente cuando esto sucede debe acudir un cirujano y no 
un pediatra como es el doctor del Rio como indique en la documentación, creo que doctor del Rio 
que allí trabajaba era ANGEL MARIA DE PABLO DEL RIO GANUAZA por otro caso que atendió 
a Felisa en la misma maternidad.  LA MATRONA en estos casos debe hacer lo posible para anular 
ese estrechamiento hasta que viniera el cirujano , NO HICIERON NADA DE ESO. 
Particularidades del parto : ingresa a las 20:30 horas  (TV) Dr del Rio 2 ptos SES . F. no se aprecian 
latidos por el volumen 23:30 horas c. demo III no se oye . A las  0:15 expulsa un varon muerto , y se 
inicia goteo sitocinon. No sangra. 
Mi madre no ingresa a las 20:30 ingresa a las 16:00 
¿que hicieron por ayudar a mi madre ? ¿porqué tardaron tanto tiempo en atenderla? Y lo de 
las horas no coincide porque desde las cuatro de la tarde hasta la 00:15 son 8 horas que la 
tuvieron dilatando. 
¿por qué no le pusieron antes el sitocinon que es una hormona que favorece el parto y resta 
dolor. 
¿Porqué duermen a mi madre , si ha tenido un parto espontaneo sin la necesidad de un cirujano? 
Cuestionario para la Declaración al Registro Civil de alumbramiento de criaturas abortivas 
En la parte del facultativo que asistio al aborto pone que es un tal Don JOSE LUIS PÉREZ DE 
RUEDA , LICENCIADO EN MEDICINA Y CIRUGIA colegiado 13630 y domicilio Dr esquerdo 
número 24 está escrito con otra letra distinta y además no es el Dr del Rio que es quien dice que 
atiende el parto en el parte medico . Algo extraño . EL DOCTOR DEL RIO QUE PUDIERA SER ES 
ANGEL MARÍA DE PABLO DEL RIO GANUAZA según las noticias que tengo por otros casos, es 
pediatra, no es ni ginécólogo, y ni cirujano. Y tampoco está colegiado en el colegio de médicos de 
Madrid. 
Y la parte de la licencia de enterramiento no está rellenado, y no está firmado por el juez encargado 
del registro civil .  Creo que es imprescindible que un juez firme la inhumación de cualquier fallecido. 
En el certificado dice el cirujano  que atendió personalmente a mi madre , porque mi hermano nació 
con circulares de cordon , no se le hizo rasgadura del periné, y tampoco dice que le hiciera la cesárea. 
TODO MUY ESTRAÑO . 
En la parte del cementerio tiene dos facturas diferentes en una el pago es de 125 pesetas y le entierran 
en la sepùltura 3 ª , que esta sepultura pertenece a lo privado  fechada el día 23 de septiembre de 1967  vino una monja y le puso una mascara hasta dejarla dormida lo justo para dar a luz, en los documentos 
aparece el goteo de trilene, cosa que es imposible porque el trilene es una droga  en forma de gas  
anestésica que se aplica con mascara de oxigeno, en esa época era muy común para usarla en 
obstreticia , y a tonta a la madres que van a dar a luz para que no tenga dolores en el parto. Estos 
documentos están rellenados por diferentes personas y no tiene sentido . 
Mi madre se despertó cuando ya había dado a luz y nunca vió a su hijo, porque nunca se lo enseñaron 
ni vivo ni muerto. 
ALUMBRAMIENTO : Expontaneo 5 
ASISTIDO AL PARTO POR  INMA ALONSO  y DOCTOR del RIO 
FETO  es un Varon  muerto                                            
PESO  4690 gramos 
LONGITUD 53 cm 
inserción del cordón Lateral y particularidades Integras ; lo del cordon lateral me he estado 
informando de que por algún lado del cordón hay un estrechamiento y podría impedir el flujo 
sanguineo mi madre hacía su bebé.  Normalmente cuando esto sucede debe acudir un cirujano y no 
un pediatra como es el doctor del Rio como indique en la documentación, creo que doctor del Rio 
que allí trabajaba era ANGEL MARIA DE PABLO DEL RIO GANUAZA por otro caso que atendió 
a Felisa en la misma maternidad.  LA MATRONA en estos casos debe hacer lo posible para anular 
ese estrechamiento hasta que viniera el cirujano , NO HICIERON NADA DE ESO. 
Particularidades del parto : ingresa a las 20:30 horas  (TV) Dr del Rio 2 ptos SES . F. no se aprecian 
latidos por el volumen 23:30 horas c. demo III no se oye . A las  0:15 expulsa un varon muerto , y se 
inicia goteo sitocinon. No sangra. 
Mi madre no ingresa a las 20:30 ingresa a las 16:00 
¿que hicieron por ayudar a mi madre ? ¿porqué tardaron tanto tiempo en atenderla? Y lo de 
las horas no coincide porque desde las cuatro de la tarde hasta la 00:15 son 8 horas que la 
tuvieron dilatando. 
¿por qué no le pusieron antes el sitocinon que es una hormona que favorece el parto y resta 
dolor. 
¿Porqué duermen a mi madre , si ha tenido un parto espontaneo sin la necesidad de un cirujano? 
Cuestionario para la Declaración al Registro Civil de alumbramiento de criaturas abortivas .En la parte del facultativo que asistio al aborto pone que es un tal Don JOSE LUIS PÉREZ DE 
RUEDA , LICENCIADO EN MEDICINA Y CIRUGIA colegiado 13630 y domicilio Dr esquerdo 
número 24 está escrito con otra letra distinta y además no es el Dr del Rio que es quien dice que 
atiende el parto en el parte medico . Algo extraño . EL DOCTOR DEL RIO QUE PUDIERA SER PRESUNTAMENTE ,ANGEL MARÍA DE PABLO DEL RIO GANUAZA según las noticias que tengo por otros casos, es 
pediatra, no es ni ginécólogo, y ni cirujano. Y tampoco está colegiado en el colegio de médicos de Madrid. 
Y la parte de la licencia de enterramiento no está rellenado, y no está firmado por el juez encargado del registro civil .  Creo que es imprescindible que un juez firme la inhumación de cualquier fallecido. 
En el certificado dice el cirujano  que atendió personalmente a mi madre , porque mi hermano nació 
con circulares de cordon , no se le hizo rasgadura del periné, y tampoco dice que le hiciera la cesárea. ⁶
TODO MUY ESTRAÑO . 
En la parte del cementerio tiene dos facturas diferentes en una el pago es de 125 pesetas y le entierran 
en la sepùltura 3 ª , que esta sepultura pertenece a lo privado  fechada el día 23 de septiembre de 1967  y otra  de  mismo dia caja y coche 13,71 recargo del 5% el total 14,39 quie se encarga del entierro es 
POMPAS FÚNEBRES. Y otra factura del día 24 por la misma cuantía. 
Y luego tengo otra hoja que dice que el entierro de derechos por caridad , firmado por el delegado de Pompas fúnebre y de los curas de Madrid , el parroco GREGORIO GÓMEZ ESCASI . 
Es lo que el médico les dijeron a mi padre y hermanos mayores que iba a ser enterrado con otros niños que nacieron como él , y simembargo ha sido enterrado en la  sepultura privada . 
-En el libro de Registro de inhumaciones del cementerio de la Almudena figura un feto masculino de Feliciano  Y Francisca , el día 24 de septiembre de 1967 , en sepultura 3ª temporal , zona F, cuartel 44, manzana 5 letra H , cuerpo 10 ; los restos fueron trasladados al osario común el día 14 de abril de 1978 . A mi familia no nos avisaron de que fueran a exhumar a nuestro hermano, porque hemos vivido 
en esa dirección toda la vida hasta 2001 . 
DELITOS QUE SE HAN COMETIDO , NO PRESCRIPCIÓN DE LOS MISMOS 
Si durante el parto hubo negligencia médica o mala práxis en la atención al parto de Doña Francisca Hernández de la Casa en la Maternidad la Casa de la Madre ó fué una presunta  maniobra para dar el 
cambio de mi hermano  a otra familia más pudiente a la cual en el registro de altas aparecen dos mujeres a las que se les práctico  la césarea . (se sabe que las familias más humildes y con muchos hijos eran las victimas adecuadas para una presunta sustración de recien nacido) . 
Hay dos partes médicos contradictorios . 
Si hay falsificación documental . 
Y si existe una detención ilegal , de mi hermano en una familia que no es la suya , la ursupación de 
identidad etc.… 
No acuso a nadie pero quiero saber que me aclaren todas las dudas que se me han planteado durante el conocimiento del parto de mi madre y lo que ella nos contaba con lágrimas en los ojos. 
Mi madre nunca tuvo problemas con los partos , soy el numero 15 de mis hermanos y hermanas , y fui el único que salió con cesárea . por todo lo expuesto ; 
SUPLICO A LA EXCELENTISIMA FISCALÍA PROVINCIAL  DE MADRID A LA QUE ME 
DIRIJO . 
1-Que tenga por presentado este escrito, con los documentos que lo acompañan, y en su virtud por 
interpuesta  DENUNCIA por los hechos relatados, en mi nombre y a bajo firmado. 
Y admita a trámite e incoe diligencias de investigación penal para el esclarecimiento de los supuestos 
delitos cometidos. 
2-Que en concordancia con la anterior denuncia interpuesta el 27 de enero 2011 , se admitan los 
documentos que  aporto en esta denuncia. 
Es todo ello de justicia que pido en  Madrid a 4 de noviembre de 2024 .

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